En la más reciente reforma tributaria – Ley 2155 de 2021 – se incluyó la posibilidad de que, para las obligaciones administradas por la DIAN y para los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, se realice una reducción transitoria de las sanciones y tasa de interés de las obligaciones en mora, siempre y cuando las obligaciones y el deudor cumplan con ciertos criterios.
La reducción, tanto en las sanciones como en los intereses, resulta beneficiosa para los deudores. El literal A) del artículo 45 de la ley mencionada, establece los criterios para que las sanciones se reduzcan al 20% previsto por la ley – es decir se aplica una reducción del 80% –, mientras que el literal B) establece que la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario será liquidada diariamente, a una tasa de interés diario del 20% de la tasa de interés bancario corriente.
Los criterios que establece la ley para que se apliquen las reducciones son las siguientes: 1) que las obligaciones presenten mora en el pago al 30 de junio de 2021; 2) que las obligaciones se paguen hasta el 21 de diciembre de 2021, o se suscriban facilidades de pago con las entidades públicas hasta esa misma fecha, y 3) que el incumplimiento en el pago se haya ocasionado o agravado por la pandemia causada por el COVID-19.
Para hacer efectivas las reducciones, la DIAN publicó recientemente un documento ABECÉ, en donde explica los detalles para poder solicitar la aplicación de las reducciones que contempla la Ley 2155 de 2021.
En cuanto a las entidades territoriales, se debe acudir a cada una de ellas para solicitar dichas reducciones. Sin embargo, en un reciente concepto, el Ministerio de Hacienda aclaró que los dispuesto en la citada norma es de carácter imperativo y no requiere para su aplicación la expedición de ningún tipo de norma territorial, y que aplica para obligaciones en mora al 30 de junio de 2021, sin importar si se encuentra en proceso de liquidación, discusión o cobro coactivo.
Si desean conocer más información para obtener la reducción en sanciones y tasa de interés de obligaciones que tengan con la DIAN o entidades territoriales, pueden comunicarse con nosotros a los correos sergio@altano.com.co y jose.sebastian@altano.com.co.
Fecha: 11 de noviembre de 2021